El documento de nómina electrónica el cual debe generarse de forma mensualizada, así el sujeto obligado efectué pagos inferiores o en periodos diferentes, el cual tendrá un plazo para generar el reporte y enviarlo a la Dian dentro de los 10 primeros días del mes siguiente al correspondiente de la nómina liquidada, siendo verificado siguiendo a su aprobación o rechazo de la misma.
En caso que la DIAN rechace la validación de la nómina, la empresa generadora recibirá una notificación con los errores, los cuales deberá corregir generando una nueva nomina y nuevamente tramitada y enviada para su revisión y validación.